norma oficial mexicana NOM-019-STPS-2011
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Fecha de inspección
Ubicación
Auditor
¿Está constituida e integrada al menos una comisión de seguridad e higiene en su centro de trabajo?
¿Cada comisión está integrada por: >un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores, en el caso de que no exista la figura sindical, cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más?
¿La representación de los trabajadores está conformada por aquéllos que desempeñan sus labores directamente en el centro de trabajo?
¿La representación de los trabajadores está conformada preferentemente por aquéllos que tienen conocimientos o experiencia en materia de seguridad y salud en el trabajo?
¿Se cuenta con el acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y en su caso, de sus actualizaciones, cuando se modifica su integración?
¿El acta de constitución de la comisión del centro de trabajo fue formalizada por el patrón, en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera?
¿El acta de constitución de la comisión contiene los datos del centro de trabajo siguientes: >el nombre, denominación o razón social? >el domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad, entidad federativa, código postal)? >el Registro Federal de Contribuyentes? >el Registro Patronal del Instituto Mexicano del Seguro Social? >la rama industrial o actividad económica? >la fecha de inicio de actividades? >el número de trabajadores del centro de trabajo? >el número de turnos?
¿El acta de constitución de la comisión contiene los datos de la comisión siguientes: >la fecha de integración de la comisión (día, mes y año)? >el nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 trabajadores o más?
¿Designa el patrón a sus representantes para participar en la comisión que se integre en el centro de trabajo, con base en las funciones por desempeñar?
¿Solicita el patrón al sindicato o a los trabajadores, si no hubiera sindicato, la designación de sus representantes para participar en la comisión?
¿Se realiza la designación de los representantes de la comisión por parte del sindicato o de los trabajadores, con base en las funciones por desempeñar?
¿Se cuenta con el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión?
¿Se integró el programa anual de recorridos de verificación de la comisión, dentro de los treinta días naturales siguientes a su constitución y posteriormente, dentro de los primeros treinta días naturales de cada año?
¿Se determinan las prioridades de los recorridos de verificación en el programa anual, con base en las áreas con mayor presencia de agentes y condiciones peligrosas o inseguras, y a partir de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo?
¿Se dispone de un programa anual de capacitación para los integrantes de la comisión de seguridad e higiene?
¿Considera el programa anual de capacitación para los integrantes de la comisión, al menos lo siguiente: >los integrantes de la comisión involucrados en la capacitación? >los temas de la capacitación a que se refiere el numeral 5.2? >los tiempos de duración de los cursos y su período de ejecución? >el nombre del responsable del programa?
¿Es responsable el coordinador de llevar a cabo las funciones siguientes: >presidir las reuniones de trabajo de la comisión? >dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión? >promover la participación de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas? >integrar el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión y presentarlo al patrón? >coordinar las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo? >elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el secretario de la comisión, el acta correspondiente? >entregar al patrón las actas de los recorridos de verificación y analizar conjuntamente con él las medidas propuestas para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo? >dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo? >asesorar a los vocales de la comisión y al personal del centro de trabajo, en la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el medio ambiente laboral? >participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso? >solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes? >proponer al patrón el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión?
¿Es responsable el coordinador de consignar en las actas de los recorridos de verificación de la comisión, lo siguiente: >los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados? >los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo? >las medidas para prevenirlos, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables?
¿Es responsable el secretario de llevar a cabo las funciones siguientes: >convocar a los integrantes de la comisión a las reuniones de trabajo de ésta? >organizar y apoyar, de común acuerdo con el coordinador, el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión? >convocar a los integrantes de la comisión para realizar los recorridos de verificación programados? >apoyar la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo? >elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el coordinador de la comisión, el acta correspondiente? >recabar las firmas de los integrantes de la comisión en las actas de los recorridos de verificación? >presentar y entregar las actas de recorridos de verificación al patrón, conjuntamente con el coordinador de la comisión? >participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso? >integrar el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión?
¿Es responsable el secretario de integrar a las actas de verificación de la comisión, los aspectos siguientes: >los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados? >los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo? >las medidas para prevenirlos, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables?
¿Es responsable el secretario de mantener bajo custodia copia de los documentos siguientes: >las actas de constitución y su actualización? >las actas de los recorridos de verificación que correspondan al programa anual de recorridos de verificación del ejercicio en curso y del año inmediato anterior? >la evidencia documental sobre la capacitación impartida en el ejercicio en curso y el año inmediato anterior a los integrantes de la propia comisión? >la documentación que se relacione con la comisión?
¿Son responsables los vocales de llevar a cabo las funciones siguientes: >participar en las reuniones de trabajo de la comisión? >participar en los recorridos de verificación? >detectar y recabar información sobre los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados en sus áreas de trabajo? >colaborar en la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo? >revisar las actas de los recorridos de verificación? >participar en el seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo? >apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su área de trabajo? >identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporación en el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión? >participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso?
¿Se realizan los recorridos de verificación previstos en el programa anual de la comisión?
¿Se realizan los recorridos de verificación, a efecto de: >identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo? >o investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo que, en su caso ocurran, de acuerdo con los elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios? >determinar las medidas para prevenir riesgos de trabajo, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables? >dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión para prevenir los riesgos de trabajo?
¿Cuenta el patrón con las actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión?
¿Contienen las actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión, la información siguiente: >el nombre, denominación o razón social del centro de trabajo? >el domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad, entidad federativa, código postal)? >el número de trabajadores del centro de trabajo? >el tipo de recorrido de verificación: ordinario (conforme al programa anual) o extraordinario? >las fechas y horas de inicio y término del recorrido de verificación? >el área o áreas del centro de trabajo en las que se realizó el recorrido de verificación? >los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados durante el recorrido de verificación? >las causas que, en su caso, se hayan identificado sobre los accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran? >las medidas para prevenir los riesgos de trabajo detectados, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables? >las recomendaciones que por consenso se determinen en el seno de la comisión para prevenir, reducir o eliminar condiciones peligrosas o inseguras, así como la prioridad con la que deberán atenderse? >el seguimiento a las recomendaciones formuladas en los recorridos de verificación anteriores? >el lugar y fecha de conclusión del acta? >el nombre y firma de los integrantes de la comisión que participaron en el recorrido de verificación?
¿Facilita el patrón a los trabajadores el desempeño de sus funciones como integrantes de la comisión?
¿Proporciona el patrón a la comisión el diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo a que refiere la NOM-030-STPS-2009, o las que la sustituyan?
¿Apoya el patrón la investigación de los accidentes y enfermedades de trabajo que lleve a cabo la comisión, proporcionando para tal efecto información sobre: >los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran en el centro de trabajo? >los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas utilizadas? >el seguimiento a las causas de los riesgos de trabajo que tengan lugar en el centro laboral?
¿Brinda el patrón facilidades a los integrantes de la comisión para que utilicen los apoyos informáticos desarrollados por la Secretaría: >para la identificación y determinación de las disposiciones normativas en materia de seguridad e higiene aplicables al centro de trabajo, el Asistente para la Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo y el módulo para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo, contenidos en la página electrónica de la Secretaría http://autogestion.stps.gob.mx:8162/, con la finalidad de detectar actos inseguros y condiciones peligrosas o inseguras en el centro de trabajo? >para la determinación de las medidas por adoptar para prevenir riesgos de trabajo en el centro laboral y el seguimiento a su instauración, el módulo para la Elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, contenido en la página electrónica de la Secretaría http://autogestion.stps.gob.mx:8162/?
¿Atiende y da seguimiento el patrón a las medidas propuestas por la comisión para prevenir los riesgos de trabajo, de acuerdo con los resultados de las actas de los recorridos de verificación y con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables?
¿Realiza el patrón el seguimiento de las medidas propuestas por la comisión, para prevenir los riesgos de trabajo, al menos en forma trimestral?
¿Difunde el patrón entre los trabajadores del centro de trabajo, por cualquier medio: >la relación actualizada de los integrantes de la comisión, precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos? >los resultados de las investigaciones, con las causas y consecuencias, sobre los accidentes y enfermedades de trabajo? >las medidas preventivas propuestas por la comisión, relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo, a fin de evitar su recurrencia?
¿Cuando se constituyó la comisión, el cargo de coordinador recayó en el representante designado por el patrón, y el de secretario en el de los trabajadores designado por el sindicato?
¿Fueron nombrados vocales, los demás miembros de la comisión?
¿Tienen vigencia de dos años, los nombramientos de coordinador, secretario y vocales?
¿Se alternan los cargos de coordinador y secretario, entre los representantes del patrón y de los trabajadores?
¿Se ocupa el cargo de coordinador o del secretario de la comisión, en caso de ausencia temporal, por uno de los vocales de la representación que corresponda?
¿Hace uso la comisión del diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo realizado por los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, a que se refiere la NOM-030-STPS-2009, o las que la sustituyan, para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo?
¿Efectúa verificaciones extraordinarias la comisión, en caso de que: >ocurran accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes? >existan modificaciones a las instalaciones y/o cambios en los procesos de trabajo, con base en la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores? >reporten los trabajadores la presencia de agentes y condiciones peligrosas o inseguras que, a juicio de la propia comisión, así lo ameriten?
¿Se realizan las verificaciones extraordinarias por parte de la comisión, dentro de los treinta días naturales siguientes a que se presente cualquiera de los supuestos previstos en el numeral 4.19?
¿Orienta la comisión a los trabajadores durante los recorridos de verificación sobre las medidas de seguridad por observar en las áreas del centro de trabajo?
¿Son sustituidos los integrantes de la comisión, a petición de quien los propuso, o bien por los motivos siguientes: >en caso de que no cumplan con las actividades establecidas por la propia comisión? >si no asisten, en forma injustificada, a más de dos de las verificaciones consecutivas programadas? >por ausencia definitiva en el centro de trabajo?
¿Se proporciona capacitación a los integrantes de la comisión, al menos una vez por año, para la adecuada realización de sus funciones, con base en el programa que para tal efecto se elabora?
¿Comprende el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión, al menos los temas siguientes: >las obligaciones del patrón y de los trabajadores respecto del funcionamiento de la comisión? >la forma cómo debe constituirse e integrarse la comisión? >las responsabilidades del coordinador, del secretario y de los vocales de la comisión? >las funciones que tiene encomendadas la comisión? >los temas en materia de seguridad y salud en el trabajo aplicables al centro de trabajo? >las medidas de seguridad y salud que se deben observar en el centro de trabajo, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables? >la metodología para la identificación de condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo? >el procedimiento para la investigación sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran?
¿Se proporciona un curso de inducción cuando se incorpora a un nuevo integrante o integrantes a la comisión?
¿Incluye el curso de inducción que se proporciona cuando se incorpora a un nuevo integrante o integrantes a la comisión, al menos los aspectos siguientes: >las obligaciones del patrón y de los trabajadores respecto del funcionamiento de la comisión? >la forma de cómo debe constituirse e integrarse la comisión? >las responsabilidades del coordinador, del secretario y de los vocales de la comisión? >las funciones que tiene encomendadas la comisión?