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Lista de verificación NOM-011-STPS-2001: Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido

Lista de verificación interna para revisar, por documento, observación y entrevista, las obligaciones del patrón de la NOM-011-STPS-2001 en centros de trabajo con ruido: reconocimiento y evaluación (NER y bandas de octava), límites máximos permisibles, protección auditiva, capacitación, vigilancia a la salud, control y documentación del programa de conservación de la audición. No es certificación, dictamen ni evaluación de la conformidad.

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Centro de trabajo

Área inspeccionada

Actividad o proceso inspeccionado

Fecha y hora de la inspección

Nombre y cargo de quien realiza la inspección

Capítulo 2 ¿En el centro de trabajo existe exposición de trabajadores a ruido?

5.2 ¿Se cuenta con el reconocimiento y evaluación de todas las áreas del centro de trabajo donde hay trabajadores y cuyo NSA es igual o superior a 80 dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia (Apéndices B y C)?

5.3 ¿Se verifica que ningún trabajador se exponga a niveles de ruido mayores a los límites máximos permisibles de exposición del Apéndice A, comparando el NER y el tiempo de exposición con la Tabla A.1?

5.3 ¿Se asegura que en ningún caso haya exposición sin equipo de protección personal auditiva a más de 105 dB(A)?

5.4 ¿Se proporciona equipo de protección personal auditiva, de acuerdo con la NOM-017-STPS-1993, a todos los trabajadores expuestos a NSA igual o superior a 85 dB(A)?

5.6 ¿Está implantado, se conserva y se mantiene actualizado el programa de conservación de la audición (capítulo 8) para las áreas con trabajadores expuestos a niveles de 85 dB(A) y mayores (5.5)?

5.7 ¿Se vigila la salud de los trabajadores expuestos a ruido?

5.7 ¿Se informa a cada trabajador expuesto a ruido sus resultados de la vigilancia a la salud?

5.8 ¿Se informa a los trabajadores de las posibles alteraciones a la salud por la exposición a ruido y se les orienta sobre la forma de evitarlas o atenuarlas?

5.8 ¿Se informa a la comisión de seguridad e higiene de las posibles alteraciones a la salud por la exposición a ruido y se le orienta sobre la forma de evitarlas o atenuarlas?

7.3 Cuando el NER es superior a 105 dB(A), ¿se implementan una o más de las medidas técnicas de control del inciso a) de 8.7.1?

8 ¿El programa de conservación de la audición toma en cuenta la naturaleza del trabajo, las características de las fuentes emisoras, el tiempo y la frecuencia de exposición, las posibles alteraciones a la salud y los métodos de prevención y control?

8.1 ¿El programa de conservación de la audición incluye los elementos a) a g)?

8.2.1 ¿El reconocimiento identifica las áreas y fuentes emisoras (con sonómetro durante el recorrido) y a los trabajadores con exposición potencial a ruido, y selecciona el método de evaluación y la instrumentación?

B.4 ¿El reconocimiento recaba la información técnica y administrativa de los incisos a) a g)?

8.2.2 a)–c) ¿La evaluación usa los métodos e instrumentos del Apéndice B, determina los NER y sus resultados están asentados en la documentación del programa de conservación de la audición?

8.2.2 d) Cuando las exposiciones a ruido igualan o exceden el NER de 80 dB(A), ¿el reconocimiento y la evaluación del NER se repiten cada dos años o dentro de los noventa días posteriores a un cambio de producción, procesos, equipos, controles u otros cambios que puedan variar los resultados?

B.3.1 y C.3.1 ¿La calibración de los instrumentos usados en las evaluaciones está verificada por un laboratorio de calibración acreditado y se cuenta con el documento que la avala?

B.7 ¿El registro de la evaluación del NER contiene la información de los incisos a) a g)?

8.3.1.1 ¿El reconocimiento para evaluar el NPA en bandas de octava identifica las áreas con NSA mayor o igual a 80 dB(A) y en donde la exposición a ruido de los trabajadores es representativa?

8.3.1.2 a)–b) ¿La evaluación de los NPA usa los métodos e instrumentos del Apéndice C, cuantifica los NPA y sus resultados están asentados en la documentación del programa?

8.3.1.2 c) ¿El reconocimiento y la evaluación de los NPA se repiten cada dos años o dentro de los noventa días posteriores a un cambio de producción, procesos, equipos, controles u otros cambios que puedan variar los resultados?

C.7 ¿El registro de la evaluación de los NPA contiene la información de los incisos a) a f)?

8.4.1 Cuando se utiliza equipo de protección personal auditiva, ¿se considera el factor de reducción R o el nivel de ruido efectivo en ponderación A (NRE) que proporciona dicho equipo?

8.4.1 ¿El equipo de protección personal auditiva cuenta con la debida certificación o, si no existe organismo de certificación, con la garantía del fabricante o proveedor que establece su nivel de atenuación de ruido?

8.4.2 ¿El factor de reducción R o el NRE se determinó con alguno de los métodos del Apéndice D?

8.4.3 a) ¿Se cuenta con el procedimiento de selección técnica y médica del equipo de protección personal auditiva?

8.4.3 b) ¿Se cuenta con el procedimiento de capacitación de los trabajadores en el uso, mantenimiento, limpieza, cuidado, reemplazo y limitaciones del equipo de protección personal auditiva?

8.4.3 c) ¿Se cuenta con el procedimiento de supervisión del uso del equipo de protección personal auditiva por parte de los trabajadores?

8.4.4 ¿Toda persona que ingresa a las áreas con señalamientos de uso obligatorio de equipo de protección personal auditiva lo hace con dicho equipo?

8.5.1 ¿El programa de capacitación para los trabajadores expuestos a NER iguales o superiores a 80 dB(A) trata las medidas de control, los efectos a la salud, los niveles máximos permisibles de exposición, las medidas de protección, los exámenes audiométricos y los sitios de trabajo con condiciones críticas de exposición?

8.5.1 ¿Los trabajadores expuestos a NER iguales o superiores a 80 dB(A) han sido instruidos mediante dicho programa de capacitación?

8.5.2 ¿La información del programa de capacitación está actualizada e incluye prácticas de trabajo y el uso, cuidado, mantenimiento, limpieza, reemplazo y limitaciones de los equipos de protección auditiva?

8.6 ¿Se llevan a cabo exámenes médicos anuales específicos a cada trabajador expuesto a niveles de ruido de 85 dB(A) y mayores?

8.6 ¿El tipo de exámenes médicos, su periodicidad y las medidas a aplicar siguen las normas de la Secretaría de Salud o, si no existen, los determina el médico de empresa tomando en cuenta la susceptibilidad del trabajador, y se observan esas medidas?

8.7.1 Cuando el NER supera los límites máximos permisibles de exposición de la Tabla A.1, ¿se aplican una o varias medidas de control técnicas o administrativas para mantener la exposición dentro de lo permisible?

8.7.2 ¿Las medidas de control adoptadas están sustentadas por escrito en un análisis técnico para su implementación?

8.7.2 ¿Se practicó una evaluación dentro de los 30 días posteriores a la aplicación de las medidas de control para verificar su efectividad?

8.7.3 ¿Se cuida que las medidas de control adoptadas no produzcan nuevos riesgos a los trabajadores?

8.7.4 ¿En la entrada de las áreas donde los NSA son iguales o superiores a 85 dB(A) están colocados señalamientos de uso obligatorio de equipo de protección personal auditiva, según la NOM-026-STPS-1998?

8.8.1 ¿Se conserva la documentación del programa de conservación de la audición con la información registrada durante los últimos 5 años?

8.8.2 ¿Se elaboró un cronograma de actividades para el desarrollo de la implementación del programa de conservación de la audición?

8.8.3 ¿La documentación del programa de conservación de la audición contiene los registros de los incisos a) a g)?

9.1 Cuando el centro de trabajo es de nueva creación, ¿fue planeado, instalado, organizado y puesto en funcionamiento de modo que la exposición a ruido de los trabajadores no exceda los límites máximos permisibles del Apéndice A?

9.2 Cuando se modificó un proceso, ¿la modificación fue planeada, instalada, organizada y puesta en funcionamiento de modo que la exposición a ruido de los trabajadores no exceda los límites máximos permisibles del Apéndice A?

9.3 En los casos de 9.1 y 9.2, ¿las medidas de control están sustentadas por escrito con un análisis técnico para su implantación?

9.3 En los casos de 9.1 y 9.2, ¿se realizó una evaluación posterior para verificar la efectividad de las medidas de control?

Justificación de las respuestas «No aplica»

Hallazgos (si aplica)

Evidencia documental, observación o entrevista (sin datos médicos individuales)

Acción correctiva o preventiva (si aplica)

Responsable de la acción (si aplica)

Fecha compromiso de cierre de la acción (si aplica)

Evidencia de cierre de la acción (si aplica)

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